Noticias inmobiliarias
Noticias del sector inmobiliario y curiosidades

Noticias
El BOE publica el índice de alquiler y las zonas tensionadas en Cataluña. Te contamos algunos puntos

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ya ha publicado el nuevo índice de referencia para limitar las rentas de alquiler en las zonas de mercado residencial tensionado. El  Sistema estatal de referencia del precio del alquiler de vivienda se publicó el 15 de marzo y tendrá un periodo de vigencia de tres años, con la posibilidad de ampliaciones anuales.

Te contamos algunos puntos poco conocidos de la nueva norma.

El índice sirve para que las CCAA que quieran puedan declarar zonas de mercado tensionado, según recoge la Ley de Vivienda, que entró en vigor en mayo de 2023.

De momento, Cataluña es la única región que lo aplicará. Por ello, el BOE también incluye, bajo petición de la esta Comunidad, los 140 municipios catalanes tensionados donde se aplicará el control. Entre estos municipios se encuentran las cuatro capitales catalanas e importantes poblaciones del Área Metropolitana de Barcelona. Si otra región quiere también aplicar el índice, tendrá que presentar previamente al Gobierno aquellas poblaciones que considera tensionadas. 

HAY INMUEBLES QUE QUEDAN FUERA DEL ÍNDICE

La nueva norma tiene una serie de excepciones que quedan fuera del control del índice y que se regirán por el libre mercado.

Estas excepciones son: minipisos, grandes viviendas, locales comerciales y obra nueva.

De este modo, los inmuebles de menos de 30 metros cuadrados y los de más de 150 metros cuadrados quedan fuera del control de precios.

Lo mismo pasa con lasviviendas de obra nueva, lasfincas rehabilitadas hace menos de cinco años y los locales sin cédula que se usan como vivienda en muchas grandes ciudades de todo el país.


QUÉ ES UN GRAN TENEDOR - TITULARIDAD VERTICAL

Según la normativa, un gran tenedor es aquella persona que tiene más de 10 inmuebles en propiedad, 5 en el caso de Cataluña, que ha decidido rebajar este umbral.

Pero hay una paradoja: una persona con numerosos pisos en una misma finca no se considera gran tenedor si se trata de una propiedad vertical con una misma unidad regitral. Esto es así en edificio de menos de 1.500 metros cuadrados.

¿El motivo? Al ser una titularidad vertical (sin división horizontal), a efectos de recuento se contabiliza como una única propiedad. Así, por ejemplo, un propietario de 15 pisos en la misma finca sin división horizontal y con un cómputo total de menos de 1.500 metros cuadrados podrá actuar como un pequeño propietario.

Otros artículos

Noticias
El Grupo Tecnocasa, con los afectados por la DANA
Leer más
Noticias
El Euribor baja al 2,936% y abarata las hipotecas variables.
Leer más
Noticias
4 Recetas de Halloween para hacer con niños en casa
Leer más
Noticias
Nota simple, un documento necesario en la compraventa
Leer más
Noticias
El INE esperará hasta diciembre para lanzar el nuevo índice de alquileres
Leer más
Noticias
La caída del Euribor en agosto anima el mercado inmobiliario
Leer más
Noticias
No hay síntomas de burbuja inmobiliaria
Leer más
Noticias
¿Qué es el IBI? ¿Quién debe pagarlo en una compraventa?
Leer más
Noticias
¿Puedo vender una casa sin ir yo al notario?
Leer más
Noticias
¿Qué es la ITE y cuándo es necesaria?
Leer más
Noticias
Comprar es siempre más rentable que alquilar
Leer más
Franquiciado
Estudio Ciudad Valdeluz Slu
Calle Encina (Urb.Valdeluz), 2A Local 1 19139 Yebes - Valdeluz (GU)

Franquiciado
Estudio Ciudad Valdeluz Slu
Franquiciado
Estudio Ciudad Valdeluz Slu

2024 Ibero Group Tecnocasa Services, S.L.U. - CIF B-65870776 - C/ Pallars, nº 1-3 Parque de Negocios Mas Blau II, 08820, El Prat de Llobregat (Barcelona-España). Red en franquicia - Cada sociedad franquiciada tiene su propio titular y es independiente del franquiciador.

Política de privacidad | Aviso legal | Pólitica de las Cookies | Información al consumidor |